Promover Proceso de Alimentos

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 JUZGADO  LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA  DE CARMELO DE 2º TURNO


Yolanda ….con cédula de identidad número , con domicilio real en Mevir 3 nº 12412, (Ombúes de Lavalle), constituyendo domicilio procesal en y domicilio electrónico en  4292022@notificaciones.poderjudicial.gub.uy al Juzgado DIGO:

Que vengo, a promover proceso de alimentos contra Miguel Ba con cédula de identidad número, con domicilio en …en mérito a las siguientes consideraciones y fundamentos.


HECHOS

1. El día 23 de abril de 1987 ente el Oficial de Estado Civil de la 11º Sección del Departamento de Colonia  contraje matrimonio con el demandado, según surge del testimonio de partida de matrimonio que se adjunta señalado con la letra “A”. 

2. Del mencionado matrimonio nacieron  5 hijos Lucía Stefanía nació el 12 de Enero de 1987; Ricardo Sebastián nació el 4 de Setiembre de 1988; Lucía Amparo nació el 8 de Agosto de 1991; Nino Manuel nació el 20 de mayo de 2002 y María Celeste nació el 10 de abril de 2006, extremo que se acredita con testimonios de las partidas  de nacimiento que se adjuntan, señaladas con las letras  “B”, “C”, “D”, “E” y “F”.

3. Luego de una convivencia de 33 años, en determinado momento comenzaron a suscitarse riñas y disputas que fueron aumentando en intensidad hasta hacer continuas y permanentes, tornando insoportable la vida en común.

4. Desde el 5 de Noviembre de 2019 me encuentro separada de cuerpos.

5. El 14 de agosto de 2020 promoví demanda de divorcio.

POSIBILIDADES DE LA ACTORA

Actualmente me encuentro desempleada, (se adjunta negativo de actividad y haberes expedido por BPS) Identificado con la letra “G”. Trabajaba junto a mi ex cónyuge en la empresa familiar “EL CHAFA DE MAMA” (servicio de Sanitaria). En la misma cumplía todo tipo de tareas, salía a cobrar a los clientes, realizaba la facturación, acompañaba al demandado a realizar los trabajos de barométrica, etc. Desde que me separé, me fue imposible continuar en la empresa y  me he mantenido con algunos trabajos esporádicos “changas” pues no he podido conseguir un trabajo estable. Ocurre que esos ingresos provenientes de trabajos esporádicos “changas” resultan insuficientes para cubrir todos los gastos que debo afrontar. 

Es obligación del demandado y mi derecho inequívoco, que contribuya a mi congrua y decente sustentación, a través de una pensión alimenticia que me posibilite conservar la posición que tuve durante el matrimonio.

Cabe precisar, en tal sentido, que el nivel de vida de la pareja era bueno, teníamos cable, se realizaban surtidos en el supermercado, se alquilaba un auto y salíamos unos días de vacaciones  a las termas,  otras veces a Colonia.

NECESIDADES DE LA ACTORA

Entre ellos corresponde mencionar:

a) Gastos fijos: los siguientes importes mensuales aproximados: U.T.E $2.630; A.N.T.E.L $796; O.S.E $774. Se adjuntan recibos acreditantes identificados con las letras “H”, “I” y “J”

b) Entre los variables y elementales, los provenientes de la alimentación, locomoción, vestimenta, farmacia, los que a pesar de mis intentos de ahorro no bajan de los $8.000 mensuales. Se adjuntan recibos de compras de alimentos identificados con las letras “K”; “L”; “M”; “N”.




POSIBILIDADES DEL DEMANDADO

Los ingresos del demandado provienen de la actividad independiente, ya que es el titular de la empresa que presta servicios de sanitaria cuyo nombre comercial es el “EL CHAFA DE MAMA” RUT 040430600010. Es él quien realiza todas las tareas de la empresa familiar, en la que antes de separarnos, trabajábamos juntos. 



PRUEBA

A los efectos de comprobar los extremos alegados en el cuerpo de este escrito, se solicita la recepción y diligenciamiento de los siguientes medios probatorios:


1) PRUEBA DOCUMENTAL

Se tengan por agregados los siguientes documentos relacionados en el cuerpo de este escrito, identificados con las letras:

A) Testimonio de partida de matrimonio identificado con la letra “A”

B) Testimonio de partida de nacimiento de Lucía Stefanía, Ricardo Sebastián, Lucía Amparo, Nino Manuel y María Celeste, identificados con las letras “B”, “C”, “D”, “E”, “F”.

C) Constancia de negativo de actividad y haberes expedido por BPS identificado con la letra “G”.

D) Recibos acreditantes de gastos identificados con las letras “H”; “I”; “J”; “K”; “L”; “M”; “N.

2) PRUEBA TESTIMONIAL

Se reciba la declaración de los siguientes testigos, quienes serán citados por cédula, por única vez y bajo apercibimiento que deberá hacerse efectivo sin necesidad de ulterior pedido (Art 160.1, 160.3 del C.GP). Los testigos deberán ser examinados sobre mi nivel de vida y posición durante los años que conviví con el demandado, así como respecto a mi situación actual y declararán sobre los hechos alegados en el presente:



3) PRUEBA POR INFORME: 

Disponga el libramiento de oficios a:

1. Banco de Previsión Social para que informe a la Sede si el Sr., cédula de identidad número, se encuentra percibiendo algún tipo de ingreso proveniente de la actividad dependiente, en caso afirmativo cuál es su domicilio laboral y a cuánto ascienden los ingresos líquidos que percibe el demandado. 


DERECHO

Fundo el Derecho en lo dispuesto por  los  artículos 127, 183 del Código Civil; articulos 349 num.2; 346 y compls. Del Código General del Proceso

PETITORIO

Por lo expuesto, al Señor Juez PIDO:

1) Se tenga por presentado con los recaudos que se acompaña, por denunciado el domicilio real,  por constituido el procesal y el electrónico.

2) Se confiera traslado de la demanda, citando y emplazando al demandado a estar a derecho, bajo apercibimiento.

3) Se reciba y diligencie las pruebas ofrecidas y oportunamente se convoque a audiencia.

4) Que en definitiva, se condene al demandado a servirme una pensión alimenticia, ya que los ingresos del mismo provienen de la actividad independiente, se solicita fijar una cuota alimentaria mensual equivalente a 2 BPC, en cuenta BROU.


PRIMER OTROSI DIGO: A los efectos de lo dispuesto en los artículos 85, 90, 105, 106, 107 del C.G.P autorizo a letrada firmante y a los Sres SEGUNDO OTROSI DIGO: De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 44 del CGP la parte declara que ha sido debidamente instruida de su alcance y significado, declarando que su domicilio surge de la comparecencia y que inviste a la letrada firmante de la mencionada representación legal.-

TERCER OTROSI DIGO: En virtud de lo dispuesto por la Ley 17.738 y el Decreto reglamentario 67/2005 se determinan los honorarios profesionales en tres bases fictas de contribución, se repone la vicésima correspondiente.-

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