✍ Modelo de Contrato de Arrendamiento de Obra

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Aquí les facilitamos un modelo de contrato de arrendamiento de obra en el cual podemos ver las cláusulas básicas que la misma debe contener que nos permiter tener una idea general de lo que debemos establecer en las mismas, claro esta que debemos congeniarla con las normas aplicables al caso, es de mencionar que la misma fue publicada por la Oficina Nacional del Servicio Civil.


En la ciudad de Montevideo, el día …. del mes de … de dos mil …, entre por una parte: el Estado –Ministerio de ……, representado en este acto por el/la Sr./a. …., Cédula de Identidad Nº ………en su calidad de Director de la Unidad Ejecutora, con domicilio en …………………, de esta ciudad, por otra parte: …………….. (quien en lo sucesivo se denominará el/la contratado/a), de nacionalidad….., titular de la Cédula de Identidad Nº …., domiciliado/a ………., Montevideo; quienes acuerdan y convienen en la celebración del contrato de Arrendamiento de Obra, el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: ANTECEDENTES. La presente contratación se realiza al amparo de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley Nº 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010.

SEGUNDA: OBJETO. El objeto del contrato será:

TERCERA: PRODUCTOS………

CUARTA: PLAZO…….

QUINTA: UBICACIÓN. .

SEXTA: HONORARIOS. …….. Este Contrato de Arrendamiento de Obra será financiado con cargo a ……………

SEPTIMA: OBLIGACIONES DEL/ LA CONTRATADO/A:

a) Cumplir con el objeto del presente contrato.

b) Comunicar al Ministerio u Organismo……….. todos aquellos hechos y sugerencias que entienda pertinente.

c) Realizar el trabajo de acuerdo a los mejores criterios técnicos aplicando las prácticas más adecuadas en la materia.

d) Elaborar y entregar al Ministerio u Organismo, los informes correspondientes a las actividades detalladas en la Cláusula TERCERA.

e) Suministrar al Ministerio u Organismo cualquier información adicional que éste razonablemente le solicite en el marco del desarrollo de su tarea.

OCTAVA: OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE:
Brindar en tiempo y forma toda la información y recursos necesarios para ejecutar adecuadamente el servicio contratado.
Pagar el precio según se estableció en la Cláusula SEXTA.

NOVENA: RESCISIÓN. Este contrato podrá rescindirse:

a) por fuerza mayor y/o caso fortuito debidamente comprobados;

b) por incumplimiento de las obligaciones estipuladas, en particular, por las que se detallan a continuación y especialmente, cuando el/ la contratada/:

1) No ejecute los trabajos de acuerdo con el programa de actividades descripto, sujetándose a la ética profesional y a la más estricta reserva.

2) Suspenda injustificadamente la ejecución de los trabajos, o no les dispense la debida atención.

3) No revea, modifique o complete los trabajos que el Ministerio u Organismo no acepte.

4) No haga entrega de los trabajos al Ministerio u Organismo en los plazos previstos en el presente contrato.

En los casos en que haya lugar a rescisión por acaecimiento de las causales estipuladas en el literal b), el Ministerio u Organismo previo a iniciar los trámites de rescisión, notificará al contratado/a tal circunstancia, intimándole el cumplimiento en un plazo de 10 días hábiles, vencido el cual se procederá a rescindir el presente Contrato por los procedimientos legales correspondientes. En cualquiera de los casos reseñados la Administración deberá abonar al contratado/a la cuota parte proporcional a los trabajos recibidos y aceptados a satisfacción.

DECIMA: Las partes se obligan a cumplir el presente contrato de buena fe y, en especial, actuar con dedicación y lealtad hacia la Administración. Asimismo, el contratado/a acuerda manejar confidencialmente y usar solamente para beneficio de los intereses del Gobierno de la República Oriental del Uruguay, toda la información a la que tengan acceso. La propiedad material e intelectual de toda la documentación e informes que se produzcan en el marco de este contrato y como resultado del mismo, pertenecerá al Ministerio u Organismo…….

DECIMOPRIMERA: Queda establecido, y así lo declaran las partes, que no existe subordinación laboral ni dependencia alguna entre ambas por lo establecido en el presente contrato.

DECIMOSEGUNDA: MULTAS. Los/las comparecientes acuerdan que cualquiera de las partes que incumpla alguna de las estipulaciones de este contrato, o que obstaculice de cualquier manera su cumplimiento en forma positiva, negativa o por mera inercia, se hará pasible de los daños y perjuicios que irrogue.

DECIMOTERCERA: MORA. Las partes caerán en mora de pleno derecho por el sólo vencimiento de los plazos pactados o por cualquier otro hecho u omisión que implique dar, hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado.

DECIMOCUARTA: DOMICILIOS ESPECIALES Y FORMA FEHACIENTE DE NOTIFICACIÓN. A todos los efectos a que diera lugar este contrato, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia de modo que, no mediando comunicación formal a la otra parte de cualquier variación que se produzca al respecto, será considerada válida toda comunicación, notificación, intimación o similares que se practiquen mediante telegrama colacionado u otro medio idóneo que se dirija a los señalados domicilios.

DECIMAOQUINTA: OTORGAMIENTO. Para constancia y fiel cumplimiento, ambas partes otorgan y firman el presente contrato en dos ejemplares de idéntico tenor en lugar y fecha indicados al inicio del presente.

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